Antes de empezar un proceso de psicoterapia, la ley exige que sepas en qué consiste, qué puedes esperar y cómo se van a tratar tus datos. Léelo con calma. Si algo no te queda claro, pregúntamelo antes de firmar: para eso está.
Este documento recoge el consentimiento informado que exige el artículo 8 de la Ley 41/2002, básica reguladora de la autonomía del paciente. Su finalidad es que prestes tu conformidad libre, voluntaria y consciente al proceso terapéutico, después de haber recibido la información necesaria.
La profesional responsable es Cristina J. Mateo-Sidrón, psicóloga colegiada n.º [número] del [colegio profesional].
Puedes firmarlo aquí antes de la primera sesión o, si lo prefieres, lo revisamos y lo firmamos juntas en consulta. Las dos vías son igual de válidas.
La psicoterapia es un proceso de conversación estructurada dirigido a comprender y modificar aquello que te genera malestar. No es un tratamiento pasivo: su eficacia depende en buena medida de tu implicación.
Todo lo que se habla en consulta está amparado por el secreto profesional. No comparto información sobre ti con nadie, tampoco con tu familia, sin tu autorización expresa.
La confidencialidad tiene únicamente los límites que impone la ley:
Las sesiones no se graban. Tampoco está permitido grabarlas, fotografiarlas ni transcribirlas por ninguna de las dos partes sin autorización previa y por escrito de la otra. Esto vale igualmente para las sesiones por videollamada.
La terapia online tiene la misma validez y el mismo encuadre que la presencial, pero conviene que conozcas sus condiciones específicas antes de aceptarla.
A partir de los 16 años la persona menor presta su propio consentimiento, salvo en situaciones de grave riesgo. Por debajo de esa edad, el consentimiento lo otorgan quienes ejerzan la patria potestad o la tutela.
En caso de separación o divorcio, es necesario el consentimiento de ambos progenitores, salvo resolución judicial que disponga otra cosa.
Los honorarios pueden revisarse anualmente. Si eso ocurre, te avisaré con antelación suficiente.
Los datos relativos a la salud son categoría especial y reciben la protección reforzada que prevé el artículo 9 del RGPD.
Cristina J. Mateo-Sidrón · NIF [NIF] · [dirección de la consulta] · [correo]
Prestación de asistencia psicológica, gestión de citas y facturación
Tu consentimiento y la ejecución de la relación asistencial (art. 6.1 RGPD), y la prestación de asistencia sanitaria por profesional sujeta a secreto (art. 9.2.h RGPD y Ley 41/2002)
Durante el proceso y, después, el plazo legalmente exigible: como mínimo cinco años desde el alta del proceso asistencial (art. 17 Ley 41/2002)
No se ceden datos a terceros, salvo obligación legal. Intervienen como encargados del tratamiento los proveedores de agenda, pago, correo y alojamiento, con contrato firmado
Acceso, rectificación, supresión, limitación, oposición y portabilidad, escribiendo a [correo]. También puedes reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (aepd.es)
Puedes retirar este consentimiento en cualquier momento, por escrito y sin tener que dar explicaciones. La retirada no afecta a la licitud del tratamiento realizado hasta ese momento, ni exime de conservar la documentación clínica durante el plazo que la ley obliga.
Rellena tus datos y marca las casillas que correspondan. Recibirás una copia en tu correo. No incluyas aquí información clínica: el motivo de consulta lo hablamos en la primera sesión.
No hace falta que lo firmes por internet. Si te resulta más cómodo, lo repasamos en la primera sesión y lo firmas allí.